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law_title: "Ley Para Regular Las Sociedades De Información Crediticia"
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# Ley Para Regular Las Sociedades De Información Crediticia - Artículo 44

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO
- CAPITULO IV - DE LA PROTECCION DE LOS INTERESES DEL CLIENTE

```text
Artículo 44.- Si las Entidades Financieras o Sofomes E.N.R. por conducto de sus unidades especializadas o, en el caso de Empresas Comerciales, de quienes designen como responsables para esos efectos, no hacen llegar a la Sociedad su respuesta a la reclamación presentada por el Cliente dentro de un plazo de quince días naturales contado a partir de que hayan recibido la notificación de la reclamación, la Sociedad deberá modificar o eliminar de su base de datos la información que conste en el registro de que se trate, según lo haya solicitado el Cliente, así como la leyenda "registro impugnado".
Artículo reformado DOF 01-02-2008, 10-01-2014
```

## Resumen corto

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Regla de LRSIC sobre regla aplicable: Si las Entidades Financieras o Sofomes E.N.R.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Si las Entidades Financieras o Sofomes E.N.R.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 44 LRSIC, regla aplicable, artículo 44 ley para regular las sociedades de informacion crediticia

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 44 de LRSIC.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 44 de LRSIC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Si las Entidades Financieras o Sofomes E.N.R.

### ¿Para qué sirve artículo 44?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrsic.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRSIC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRSIC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
