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law_title: "Ley Para Regular Las Sociedades De Información Crediticia"
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# Ley Para Regular Las Sociedades De Información Crediticia - Artículo 47

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO
- CAPITULO IV - DE LA PROTECCION DE LOS INTERESES DEL CLIENTE

```text
Articulo 47.- En los casos en que como resultado de una reclamación se realice una modificación a la información del Cliente contenida en la base de datos de la Sociedad, ésta deberá enviar al Cliente un nuevo Reporte de Crédito Especial a través de los medios pactados con él, dentro de los cinco días hábiles posteriores a aquél en que se haya resuelto la reclamación. Adicionalmente, en un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles a partir de la fecha de resolución de dicha reclamación, la Sociedad deberá enviar un Reporte de Crédito actualizado a los Usuarios que hubieran recibido información sobre el Cliente en los últimos seis meses y a las demás Sociedades. El costo de los Reportes anteriores y su envío será cubierto por el Usuario o la Sociedad, dependiendo de a quien sea imputable el error en la información contenida en la referida base de datos.

Las reclamaciones que presente un Cliente en una misma fecha, se considerarán para los efectos señalados en este artículo como una sola reclamación.
Artículo reformado DOF 01-02-2008
```

## Resumen corto

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Regla de LRSIC sobre derechos de usuarios: En los casos en que como resultado de una reclamación se realice una modificación a la información del Cliente contenida en la base de datos de la Sociedad, ésta deberá...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. En los casos en que como resultado de una reclamación se realice una modificación a la información del Cliente contenida en la base de datos de la Sociedad, ésta deberá enviar al Cliente un nuevo Reporte de Crédito Especial a través de los medios pactados con...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 47 LRSIC, derechos de usuarios, artículo 47 ley para regular las sociedades de informacion crediticia, quejas de usuarios, protección de usuarios, Usuarios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 47 de LRSIC.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Usuarios

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 47 de LRSIC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. En los casos en que como resultado de una reclamación se realice una modificación a la información del Cliente contenida en la base de datos de la Sociedad, ésta deberá enviar al Cliente un nuevo Reporte de Crédito Especial a través de los medios pactados con...

### ¿Para qué sirve artículo 47?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrsic.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRSIC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRSIC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
