# Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro - Artículo 37 c

Clave: LSAR
Artículo: 37-c
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

Artículo 37 c .- Las administradoras, con base en los datos de la cuenta individual del trabajador, deberán dar a conocer a éste, expresado en moneda nacional, el cálculo aproximado que le cobrarán por concepto de comisiones durante el año calendario próximo.
La información a que se refiere el presente artículo deberá ser proporcionada al trabajador junto con el estado de cuenta correspondiente al segundo semestre del año y deberá resaltarse en caracteres distintivos de manera clara, notoria e indubitable.
Artículo adicionado DOF 21-01-2009

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro, artículo 37-c.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
