# Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro - Transitorio primero

Clave: LSAR
Artículo: transitorio-primero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

TRANSITORIOS
primero. .- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación , excepto el artículo 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro , que entrará en vigor el día primero de enero de 2001.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro, artículo transitorio-primero.
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- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
