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law_title: "Ley Del Sector Hidrocarburos"
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# Ley Del Sector Hidrocarburos - Artículo 80

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De las demás Actividades de la Industria de Hidrocarburos
- Capítulo I - De los Permisos

```text
Artículo 80.- Las personas interesadas en obtener los permisos a que se refiere este Título, deben presentar la solicitud a la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía, según corresponda, misma que debe contener al menos:
I.	Nombre, denominación o razón social, de la persona solicitante;
II.	Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
III.	Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, emitida por el Servicio de Administración Tributaria, de la persona solicitante y de su representante legal;
IV.	Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en el Directorio de licitantes proveedores y contratistas sancionados;
V.	En su caso, documentación que acredite la propiedad o posesión legítima del predio en el que se lleve a cabo la actividad permisionada;
VI.	Especificaciones técnicas del proyecto;
VII.	Dirección y ubicación geo-referenciada de las instalaciones sujetas a permiso;
VIII.	Monto de inversión estimado del proyecto, en pesos mexicanos;
IX.	Manifestación bajo protesta de decir verdad que tiene conocimiento del marco regulatorio aplicable a la actividad a desarrollar, y se compromete a cumplirlo;
X.	Manifestación bajo protesta de decir verdad de que no se ubican en la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes al que se refiere el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación;
XI.	En caso de ser Persona Moral:
a)	Instrumento notarial que acredite su legal constitución y que su objeto social está relacionado con la actividad para la cual solicita el permiso;
b)	Instrumento notarial en donde conste el poder otorgado a su representante o persona apoderada legal y sus facultades, así como su identificación oficial;
c)	Cédula de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona solicitante y de su representante o persona apoderada legal, y
d)	Escrito libre que contenga el diagrama que muestre la estructura accionaria y corporativa de la sociedad, del capital social del solicitante, precisando aportación o porcentaje de participación de cada socio o accionista; identificando a las personas o grupo de personas que tienen el control de la sociedad de manera directa o indirecta. Se entiende por grupo de personas aquellas que tengan acuerdos, de cualquier naturaleza, para tomar decisiones en un mismo sentido.
XII.	En caso de ser persona física:
a)	Identificación oficial, y
b)	Descripción de la actividad que desea realizar.
XIII.	Cualquier otro requisito que se especifique en esta Ley, el Reglamento o la regulación que emita la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía.
```

## Resumen corto

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Regla de LSH sobre sanciones y cumplimiento: Las personas interesadas en obtener los permisos a que se refiere este Título, deben presentar la solicitud a la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las personas interesadas en obtener los permisos a que se refiere este Título, deben presentar la solicitud a la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía, según corresponda, misma que debe contener al menos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 80 LSH, sanciones y cumplimiento, artículo 80 ley del sector hidrocarburos, sanciones, multas, incumplimiento legal, Comisión u órgano colegiado, Servicio de Administración Tributaria

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 80 de LSH.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Requisito
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Servicio de Administración Tributaria

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Código Fiscal De La Federación (`CFF`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 80 de LSH?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las personas interesadas en obtener los permisos a que se refiere este Título, deben presentar la solicitud a la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía, según corresponda, misma que debe contener al menos:

### ¿Para qué sirve artículo 80?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsh.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSH.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSH.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
