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law_title: "Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica"
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# Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica - Artículo 102

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO
- CAPÍTULO IV - Del Servicio Público de Información Estadística y Geográfica

```text
ARTÍCULO 102.- El Instituto no estará obligado a proporcionar aquella información que:

I.	Tenga en virtud de cualquier disposición legal el carácter de confidencial, clasificada, reservada o de cualquier otra forma se encuentre restringida su difusión, o

II.	El usuario la requiera procesada en cualquier forma distinta a como se encuentra disponible, sin perjuicio de que el Instituto la pueda procesar y poner a disposición de los usuarios en forma onerosa, sujetándose en todo caso a los principios de confidencialidad, accesibilidad y transparencia.
```

## Resumen corto

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Regla de LSNIEG sobre derechos de usuarios: El Instituto no estará obligado a proporcionar aquella información que:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. El Instituto no estará obligado a proporcionar aquella información que:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 102 LSNIEG, derechos de usuarios, artículo 102 ley del sistema nacional de informacion estadistica y geografica, quejas de usuarios, protección de usuarios, Información, Usuarios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 102 de LSNIEG.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Usuarios

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Información | Información Estadística y Geográfica de interés nacional | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 102 de LSNIEG?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. El Instituto no estará obligado a proporcionar aquella información que:

### ¿Para qué sirve artículo 102?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsnieg.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSNIEG.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSNIEG.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
