# Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica - Artículo séptimo

Clave: LSNIEG
Artículo: séptimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
séptimo.
.- El Instituto contará con un plazo de
3
meses, contados a partir de la entrada en vigor de la
presente Ley
, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
100
del
presente ordenamiento
por lo que se refiere a las últimas encuestas nacionales publicadas; y con un plazo de 2 años para el resto de las encuestas nacionales y operativos censales concluidos, de conformidad con el calendario que al efecto dé a conocer la Junta de Gobierno dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de
este ordenamiento
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica, artículo séptimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
