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# Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública - Artículo 22

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DEL CENTRO NACIONAL DE INTELIGENCIA Y SUS GRUPOS DE TRABAJO
- CAPÍTULO II - De los Grupos de Trabajo del CNI

```text
Artículo 22. Conformación
Para el desempeño de sus funciones, el CNI se apoyará en grupos de trabajo especializados por materias, los cuales se conformarán por acuerdo de su titular y funcionarán de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita.

Los grupos de trabajo serán los siguientes:

a)	Grupo de trabajo en investigación estratégica de alto impacto y análisis criminal, integrado por una persona representante de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría, Fiscalía General de la República, Guardia Nacional y Unidad de Inteligencia Financiera;

b)	Grupo de trabajo en investigación en materia patrimonial, fiscal y financiera, integrado por una persona representante de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría de Gobernación, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Fiscalía General de la República, Servicio de Administración Tributaria, Unidad de Inteligencia Financiera, Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

c)	Grupo de trabajo en investigación en materia registral, estadística, de comercio y telecomunicaciones, integrado por una persona representante de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Economía, Secretaría de Energía, Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, e Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y

d)	Grupo de trabajo especializado en fortalecimiento probatorio, integrado por una persona representante de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría, Fiscalía General de la República, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Guardia Nacional y Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El nombramiento de las personas representantes deberá ser hecho por las personas titulares de las instituciones respectivas.

La persona titular del CNI podrá incorporar otros integrantes a los grupos de trabajo y crear grupos adicionales a los señalados en el presente artículo.

La Secretaría auxiliará al CNI en las tareas de coordinación que resulten necesarias para su adecuado funcionamiento y el de sus grupos de trabajo.
```

## Resumen corto

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Regla de LSNIIMSP sobre competencia de autoridades: Conformación Para el desempeño de sus funciones, el CNI se apoyará en grupos de trabajo especializados por materias, los cuales se conformarán por acuerdo de su titular...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Conformación Para el desempeño de sus funciones, el CNI se apoyará en grupos de trabajo especializados por materias, los cuales se conformarán por acuerdo de su titular y funcionarán de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 22 LSNIIMSP, competencia de autoridades, artículo 22 ley del sistema nacional de investigacion e inteligencia en materia de seguridad publica, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LSNIIMSP, Secretaría, Sistema Nacional, Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, Comisión u órgano colegiado, Agencia o entidad pública, Secretaría de Gobernación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 22 de LSNIIMSP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
- Comisión u órgano colegiado
- Agencia o entidad pública
- Secretaría de Gobernación
- Servicio de Administración Tributaria

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Secretaría | la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana | 2 |
| Sistema Nacional | el Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 22 de LSNIIMSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Conformación Para el desempeño de sus funciones, el CNI se apoyará en grupos de trabajo especializados por materias, los cuales se conformarán por acuerdo de su titular y funcionarán de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita.

### ¿Para qué sirve artículo 22?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsniimsp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSNIIMSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSNIIMSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
