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law_title: "Ley De Sistemas De Pagos"
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# Ley De Sistemas De Pagos - Artículo 34

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - Del Recurso de Reconsideración
- Sección I - Reglas Generales

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Artículo 34. En el procedimiento del recurso de reconsideración las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles. Son días hábiles todos los del año, excepto los sábados, domingos y los inhábiles bancarios que determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante disposiciones de carácter general que publique en el Diario Oficial de la Federación. Se entienden horas hábiles las que medien desde las nueve hasta las diecinueve horas.
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## Resumen corto

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Regla de LSP sobre competencia de autoridades: En el procedimiento del recurso de reconsideración las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. En el procedimiento del recurso de reconsideración las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 34 LSP, competencia de autoridades, artículo 34 ley de sistemas de pagos, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LSP, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 34 de LSP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 34 de LSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. En el procedimiento del recurso de reconsideración las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles.

### ¿Para qué sirve artículo 34?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
