# Ley Del Servicio Postal Mexicano - Artículo 57

Clave: LSPM
Artículo: 57
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 57
.- El servicio de aviso de pago de giros consiste en otorgar al solicitante una constancia del pago del libramiento.
Este servicio podrá solicitarse en el momento de la expedición del giro o dentro de los 30 días siguientes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Servicio Postal Mexicano, artículo 57.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
