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law_title: "Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano"
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# Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano - Artículo 25

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - Del Consejo Ciudadano

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Artículo 25. Son funciones del Consejo Ciudadano:

I.	Proponer los criterios que la Junta de Gobierno deberá seguir para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva del Sistema;

II.	Elaborar proyectos que contribuyan a fortalecer los fines del Sistema;

III.	Evaluar los proyectos de programas y propuestas que cubran los objetivos de creación del Sistema;

IV.	Participar en las reuniones y eventos que convoque el Sistema, para realizar intercambios de experiencias e información, tanto de carácter nacional como internacional, sobre temas relacionados con el objeto del Sistema;

V.	Opinar y asesorar respecto de las acciones, políticas, programas y proyectos que desarrolle el sistema;

VI.	Presentar ante la Junta de Gobierno un informe anual de sus actividades;

VII.	Proponer a la Junta de Gobierno las reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales;

VIII.	Elaborar mecanismos de participación ciudadana a fin de atender las inquietudes y propuestas de los radioescuchas y televidentes;

IX.	Vigilar y emitir informes públicos sobre el cumplimiento de la Junta de Gobierno a los criterios establecidos para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva del Sistema, y

X.	Las demás que señalen las disposiciones aplicables.
```

## Resumen corto

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Regla de LSPREM sobre regla aplicable: Son funciones del Consejo Ciudadano:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Son funciones del Consejo Ciudadano:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 25 LSPREM, regla aplicable, artículo 25 ley del sistema publico de radiodifusion del estado mexicano, Consejo Ciudadano, Junta de Gobierno, Sistema, Audiencias

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 25 de LSPREM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Audiencias

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Consejo Ciudadano | El Consejo Ciudadano del Sistema | 2 |
| Junta de Gobierno | La Junta de Gobierno del Sistema | 2 |
| Sistema | El Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 25 de LSPREM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Son funciones del Consejo Ciudadano:

### ¿Para qué sirve artículo 25?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsprem.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSPREM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSPREM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
