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law_title: "Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano"
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# Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano - Artículo 9

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De los Principios Rectores

```text
Artículo 9. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente:

I.	La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;

II.	La Ley de Vías Generales de Comunicación;

III.	La Ley General de Bienes Nacionales;

IV.	La Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

V.	Código Civil Federal, y

VI.	Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Fracción reformada DOF 14-11-2025
```

## Resumen corto

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Regla de LSPREM sobre derechos de audiencias y contenidos: A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 9 LSPREM, derechos de audiencias y contenidos, artículo 9 ley del sistema publico de radiodifusion del estado mexicano, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 9 de LSPREM.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Código Civil Federal (`CCF`)
- Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares (`CNPCF`)
- Ley De Vías Generales De Comunicación (`LVGC`)
- Ley Federal De Procedimiento Administrativo (`LFPA`)
- Ley General De Bienes Nacionales (`LGBN`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 9 de LSPREM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente:

### ¿Para qué sirve artículo 9?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsprem.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSPREM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSPREM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
