# Ley Del Seguro Social - Artículo 102

Clave: LSS
Artículo: 102
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 102
. Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el artículo anterior, se requiere:
Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio;
Que se haya certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto, y
Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.
Si la asegurada estuviera percibiendo otro subsidio, se cancelará el que sea por menor cantidad.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 102.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
