# Ley Del Seguro Social - Artículo 115

Clave: LSS
Artículo: 115
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 115
. Cuando una persona tuviera derecho a dos o más de las pensiones establecidas en
esta Ley
, por ser simultáneamente pensionado, asegurado y beneficiario de otro u otros asegurados, recibirá en su caso, la pensión de acuerdo a los recursos acumulados en la cuenta individual que corresponda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 115.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
