# Ley Del Seguro Social - Artículo 169

Clave: LSS
Artículo: 169
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 169
. Los recursos depositados en la cuenta individual de cada trabajador son propiedad de éste con las modalidades que se establecen en
esta Ley
y demás disposiciones aplicables.
Estos recursos son inembargables y no podrán otorgarse como garantía. Lo anterior no será aplicable para los recursos depositados en la subcuenta de aportaciones voluntarias.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 169.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
