# Ley Del Seguro Social - Artículo 179

Clave: LSS
Artículo: 179
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 179
. Al efectuarse el entero de las cuotas obrero patronales, la Administradora de Fondos para el Retiro identificará la parte que corresponde a cada trabajador, a efecto de que con dicha información, en los términos que establezca la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, se realicen las aplicaciones específicas a cada subcuenta de la cuenta individual.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 179.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
