# Ley Del Seguro Social - Artículo 252

Clave: LSS
Artículo: 252
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 252
. Las autoridades federales y locales deberán prestar el auxilio que el Instituto solicite para el mejor cumplimiento de sus funciones.
El Instituto tendrá acceso a toda clase de material estadístico, censal y fiscal y, en general, a obtener de las oficinas públicas cualquier dato o informe que se considere necesario, de no existir prohibición legal.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 252.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
