# Ley Del Seguro Social - Artículo 29

Clave: LSS
Artículo: 29
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 29
. Para determinar la forma de cotización se aplicarán las siguientes reglas:
El mes natural será el período de pago de cuotas;
Para fijar el salario diario en caso de que se pague por semana, quincena o mes, se dividirá la remuneración correspondiente entre siete, quince o treinta respectivamente. Análogo procedimiento será empleado cuando el salario se fije por períodos distintos a los señalados, y
Si por la naturaleza o peculiaridades de las labores, el salario no se estipula por semana o por mes, sino por día trabajado y comprende menos días de los de una semana o el asegurado labora jornadas reducidas y su salario se determina por unidad de tiempo, en ningún caso se recibirán cuotas con base en un salario inferior al mínimo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 29.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
