# Ley Del Seguro Social - Artículo 305

Clave: LSS
Artículo: 305
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 305
. Para proceder penalmente por los delitos previstos en este Capítulo, será necesario que previamente el Instituto formule querella, independientemente, del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo, que en su caso se tenga iniciado.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 305.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
