# Ley Del Seguro Social - Artículo 37

Clave: LSS
Artículo: 37
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 37
. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja del trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales respectivas; sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro patrón, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 37.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
