# Ley Del Seguro Social - Artículo 42

Clave: LSS
Artículo: 42
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 42
. Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste.
También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 42.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
