# Ley Del Seguro Social - Artículo 44

Clave: LSS
Artículo: 44
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 44
. Cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva, podrá interponer el recurso de inconformidad.
Párrafo reformado DOF
En el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, entre tanto se tramita el recurso o el juicio respectivo, el Instituto otorgará al trabajador asegurado o a sus beneficiarios legales las prestaciones a que tuvieran derecho en los seguros de enfermedades y maternidad o invalidez y vida, siempre y cuando se satisfagan los requisitos señalados por
esta Ley
.
En cuanto a los demás seguros se estará a lo que se resuelva en la inconformidad o en los medios de defensa establecidos en el artículo
294
de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 44.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
