# Ley Del Seguro Social - Artículo 57

Clave: LSS
Artículo: 57
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 57
. Las prestaciones a que se refiere el artículo anterior se concederán de conformidad con las disposiciones previstas en
esta Ley
y en sus reglamentos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 57.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
