# Ley Del Seguro Social - Artículo 82

Clave: LSS
Artículo: 82
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 82
. El Instituto llevará a cabo las investigaciones que estime convenientes sobre riesgos de trabajo y sugerirá a los patrones las técnicas y prácticas convenientes a efecto de prevenir la realización de dichos riesgos.
El Instituto podrá verificar el establecimiento de programas o acciones preventivas de riesgos de trabajo en aquellas empresas que por la siniestralidad registrada, puedan disminuir el monto de la prima de este seguro.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 82.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
