# Ley Del Seguro Social - Artículo 93

Clave: LSS
Artículo: 93
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 93
. Las prestaciones en especie que señala el artículo
91
de
esta Ley
, se otorgarán también a los demás sujetos protegidos por este seguro que se mencionan en el artículo
84
de
este ordenamiento
.
Los padres del asegurado o pensionado fallecido, conservarán el derecho a los servicios que señala el artículo
91
de la Ley.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo 93.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
