# Ley Del Seguro Social - Artículo cuarto

Clave: LSS
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
. Para el caso de los trabajadores que hayan cotizado en términos de la
Ley del Seguro Social
que se deroga, y que llegaren a pensionarse durante la vigencia de la
presente Ley
, el Instituto Mexicano del Seguro Social, estará obligado, a solicitud de cada trabajador, a calcular estimativamente el importe de su pensión para cada uno de los regímenes, a efecto de que éste pueda decidir lo que a sus intereses convenga.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Seguro Social, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
