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law_title: "Ley De Tesorería De La Federación"
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# Ley De Tesorería De La Federación - Artículo 31

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
- CAPÍTULO IV - DE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Y VALORES
- Sección Tercera - De la Inversión de las Disponibilidades

```text
Artículo 31.- La Secretaría contará con un Comité Técnico que emitirá las políticas y directrices aplicables en materia de inversión y administración de la liquidez.

La Tesorería llevará a cabo las operaciones de inversión de las disponibilidades de conformidad con las políticas y directrices que emita el Comité Técnico a que se refiere el párrafo anterior, para lo cual podrá celebrar los contratos y demás actos jurídicos que sean necesarios.

El Comité Técnico estará integrado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien fungirá como Presidente; por el Titular de la Tesorería de la Federación, quien fungirá como secretario del Comité y, en caso de ausencia del Secretario, será quien presida dicho Comité; por el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público; por el Subsecretario de Ingresos, y por el Subsecretario de Egresos. Asimismo, podrá asistir en calidad de invitado, con voz pero sin voto, un representante del Banco de México que, en todo caso, será el Subgobernador que al efecto designe el Gobernador de ese instituto central.

El Reglamento establecerá lo relativo a la suplencia, organización y funcionamiento del Comité Técnico.
```

## Resumen corto

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Regla de LTF sobre competencia de autoridades: La Secretaría contará con un Comité Técnico que emitirá las políticas y directrices aplicables en materia de inversión y administración de la liquidez.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría contará con un Comité Técnico que emitirá las políticas y directrices aplicables en materia de inversión y administración de la liquidez.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 31 LTF, competencia de autoridades, artículo 31 ley de tesoreria de la federacion, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LTF, Reglamento, Secretaría, Tesorería

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 31 de LTF.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Reglamento | el Reglamento de esta Ley | 2 |
| Secretaría | la Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 2 |
| Tesorería | la Tesorería de la Federación | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 31 de LTF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría contará con un Comité Técnico que emitirá las políticas y directrices aplicables en materia de inversión y administración de la liquidez.

### ¿Para qué sirve artículo 31?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ltf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LTF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LTF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
