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law_title: "Ley De Tesorería De La Federación"
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# Ley De Tesorería De La Federación - Artículo 53

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LA VIGILANCIA DE LOS RECURSOS Y VALORES
- CAPÍTULO I - DE LA VIGILANCIA

```text
Artículo 53.- La Tesorería, para el ejercicio de la función de vigilancia a que se refiere el artículo anterior, tendrá las atribuciones siguientes:

I.	Efectuar auditorías, revisiones, reconocimientos de existencias y otros actos de vigilancia en los términos que establezca el Reglamento;

II.	Realizar actos de vigilancia que tengan por objeto la revisión de los procesos, procedimientos y sistemas de control relativos a la recaudación, manejo, ejercicio, administración, inversión, pago, reintegro, y custodia de los recursos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal y, en general, de las Funciones de tesorería, así como participar, en su caso, en los actos relativos al manejo de formas numeradas y valoradas conforme al Reglamento;

III.	Solicitar y requerir la información y documentación que estime necesaria a los servidores públicos, a los Auxiliares, a los particulares y demás sujetos relacionados con la recaudación, manejo, ejercicio, administración, inversión, pago, reintegro o custodia de recursos y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal o, en general, con las Funciones de tesorería.

	El titular de la Tesorería queda facultado, en términos del artículo 142, párrafo tercero, fracción VI de la Ley de Instituciones de Crédito, para solicitar a las instituciones de crédito por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los estados de cuenta y cualquiera otra información relativa a las cuentas personales de los servidores públicos, Auxiliares y, en su caso, particulares relacionados con la investigación de que se trate;

IV.	Establecer en las observaciones que formule, las acciones correctivas a efecto de subsanar las irregularidades detectadas en los actos de vigilancia y, en su caso, el plazo que corresponda conforme al Reglamento para concentrar o enterar a la Tesorería las cantidades que procedan;

V.	Emitir recomendaciones para prevenir posibles irregularidades o para mejorar los procesos, procedimientos y sistemas de control relacionados con la recaudación, manejo, ejercicio, administración, inversión, pago, reintegro o custodia de recursos y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal y, en general, con las Funciones de tesorería;

VI.	Determinar y fincar el monto a resarcir por los responsables en caso de que no se haya realizado la Concentración o Entero a que se refiere la fracción IV de este artículo;

VII.	Aplicar las medidas de apremio a que se refiere el artículo 59 de esta Ley;

VIII.	Imponer las multas a que se refiere el artículo 60 de esta Ley;

IX.	Suspender provisionalmente a los servidores públicos y a los Auxiliares para realizar Funciones de tesorería, en los términos que establezca el Reglamento;

X.	Informar de las irregularidades detectadas durante el acto de vigilancia a las autoridades competentes para que, en su caso, éstas apliquen las sanciones que procedan;

XI.	Coadyuvar con las Dependencias y Entidades que soliciten el apoyo de la Tesorería en materia de vigilancia de recursos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal, y

XII.	Las demás que establezcan esta Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.

Las observaciones y recomendaciones a que se refieren las fracciones IV y V de este artículo deberán publicarse en la página de Internet de la Secretaría.
```

## Resumen corto

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Regla de LTF sobre sanciones y cumplimiento: La Tesorería, para el ejercicio de la función de vigilancia a que se refiere el artículo anterior, tendrá las atribuciones siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La Tesorería, para el ejercicio de la función de vigilancia a que se refiere el artículo anterior, tendrá las atribuciones siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 53 LTF, sanciones y cumplimiento, artículo 53 ley de tesoreria de la federacion, sanciones, multas, incumplimiento legal, Auxiliares, Concentración, Dependencias, Entero, Entidades, Funciones de tesorería, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 53 de LTF.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Plazo
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Auxiliares | a las unidades administrativas competentes de las Dependencias, Entidades, tribunales federales administrativos, dependencias y entidades paraestatales de las Entidades Federativas, los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación y de las Entidades Federativas, los órganos constitucionales autónomos de la Federación y de las Entidades Federativas, los ayuntamientos de los municipios y las entidades paramunicipales y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, así como el Banco de México, instituciones de crédito y entidades financieras autorizadas, particulares y demás personas que por disposición legal o autorización expresa de la Tesorería realicen a nombre de ésta, de manera permanente o transitoria, Funciones de tesorería, entre otros | 2 |
| Concentración | el depósito de recursos públicos federales que realiza la Tesorería o los Auxiliares a la Cuenta Corriente o a las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería, por concepto de contribuciones, productos y aprovechamientos que deriven de la aplicación de la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda | 2 |
| Dependencias | las que con tal carácter se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados, y la Oficina de la Presidencia de la República | 2 |
| Entero | el depósito de recursos a la Tesorería que realiza cualquier ente público o particular a la Cuenta Corriente o a las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería, por conceptos distintos a contribuciones, productos y aprovechamientos cuando así lo establezca una disposición jurídica | 2 |
| Entidades | los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos públicos que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal sean considerados entidades paraestatales | 2 |
| Funciones de tesorería | las actividades que corresponde realizar a la Tesorería para la gestión integral de los procesos vinculados con la recaudación, administración, pago y vigilancia respecto de los recursos y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal, así como de las garantías otorgadas a favor del mismo, en términos de los Títulos Segundo y Tercero de esta Ley | 2 |
| Reglamento | el Reglamento de esta Ley | 2 |
| Secretaría | la Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 2 |
| Tesorería | la Tesorería de la Federación | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 59
- 60

## Leyes que cita este artículo

- Ley De Instituciones De Crédito (`LIC`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 53 de LTF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La Tesorería, para el ejercicio de la función de vigilancia a que se refiere el artículo anterior, tendrá las atribuciones siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 53?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ltf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LTF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LTF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
