# Ley De Tesorería De La Federación - Artículo cuarto

Clave: LTF
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
.- Los asuntos que se encuentren en trámite o pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigor de la
presente Ley
, deberán sustanciarse y concluirse de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio o tramitación, salvo las solicitudes de autorización para ser Auxiliares, las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto en
esta Ley
.
Los convenios, contratos, resoluciones y autorizaciones vigentes a la entrada en vigor de la
presente Ley
y que se hayan celebrado o emitido conforme a la Ley que se abroga, continuarán surtiendo sus efectos, en lo que no se opongan a la
presente Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Tesorería De La Federación, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
