# Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros - Artículo 11 bis 1

Clave: LTOSF
Artículo: 11-bis 1
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 11 bis 1
. Los Clientes contarán con un período de gracia de diez días hábiles posteriores a la firma de un contrato de adhesión que documenten operaciones masivas establecidas por las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo
11
de la
presente Ley
, con excepción de los créditos con garantía hipotecaria, para cancelarlo, en cuyo caso, las Entidades no podrán cobrar Comisión alguna, regresando las cosas al estado en el que se encontraban antes de su firma, sin responsabilidad alguna para el Cliente. Lo anterior, siempre y cuando el Cliente no haya utilizado u operado los productos o servicios financieros contratados.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros, artículo 11-bis 1.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
