---
law_key: "LTOSF"
law_title: "Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros"
article_key: "49"
article_label: "Artículo 49"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-49
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LTOSF/articulo/49/"
---

# Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros - Artículo 49

<!-- mley:article law="LTOSF" article="49" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo V - Del procedimiento administrativo sancionador
- Sección VIII - Sanciones que corresponde imponer al Banco de México o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

```text
Artículo 49.- El Banco de México sancionará con multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, a las Entidades Financieras que:

I. Incumplan con las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México en términos del artículo 4 de esta Ley.

II. Se abstengan de observar la fórmula, los componentes y la metodología de cálculo del CAT, que al efecto establezca el Banco de México a través de disposiciones de carácter general.

III. Cobren intereses en términos distintos a lo previsto en el artículo 10, de la presente Ley.

IV. Cobren alguna penalización por la transferencia de la totalidad de los recursos de los trabajadores que reciban por concepto de salario y de otras prestaciones de carácter laboral, en contravención al artículo 18 de la presente Ley o a las disposiciones de carácter general que al efecto expida el Banco de México.

V. Incumplan con las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México en términos del artículo 4 Bis de esta Ley.
Fracción adicionada DOF 25-05-2010

VI. Se abstengan de observar la fórmula, los componentes y la metodología de cálculo de la GAT, que al efecto establezca el Banco de México a través de disposiciones de carácter general.
Fracción adicionada DOF 25-05-2010

VII. Incumplan con lo señalado en los artículos 19 y 19 Bis, o en las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México en términos de tales preceptos.
Fracción adicionada DOF 25-05-2010

VIII. Se abstengan de otorgar la información a que se refiere el inciso a) de la fracción II del artículo 22 de esta Ley.
Fracción adicionada DOF 25-05-2010
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LTOSF sobre sanciones y cumplimiento: El Banco de México sancionará con multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, a las Entidades Financieras que:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El Banco de México sancionará con multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, a las Entidades Financieras que:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 49 LTOSF, sanciones y cumplimiento, artículo 49 ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros, sanciones, multas, incumplimiento legal, Entidades

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 49 de LTOSF.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Entidades | a las Entidades Financieras y a las Entidades Comerciales | 3 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 4
- 10
- 18
- 19
- 22

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 49 de LTOSF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El Banco de México sancionará con multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, a las Entidades Financieras que:

### ¿Para qué sirve artículo 49?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ltosf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LTOSF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LTOSF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
