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law_title: "Ley Para El Uso Y Protección De La Denominación Y Del Emblema De La Cruz Roja"
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# Ley Para El Uso Y Protección De La Denominación Y Del Emblema De La Cruz Roja - Artículo 8

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - DEFINICIÓN Y USO DEL EMBLEMA DE LA CRUZ ROJA
- CAPÍTULO III - Uso Protector del Emblema de la Cruz Roja

```text
Artículo 8.- Podrán utilizar el emblema de la cruz roja, previa autorización por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, las personas y bienes siguientes, bajo las modalidades y requisitos previstos en la presente Ley:

I. El personal sanitario y religioso al servicio o agregado a las fuerzas armadas, así como el de carácter civil que se encargue de la búsqueda, la recogida, el transporte, el diagnóstico, la atención y la asistencia, el tratamiento y la rehabilitación a heridos, enfermos, náufragos, personas privadas de la libertad o muertos, o de la administración de unidades sanitarias, o del funcionamiento o administración de los medios de transporte sanitario;

II. La Cruz Roja Mexicana;

III. Las sociedades de socorro voluntarias;

IV. Los hospitales civiles; los barcos hospitales y otras embarcaciones sanitarias;

V. Las empresas de transporte sanitario por tierra, mar y aire;

VI. Las zonas y localidades sanitarias, y

VII. Otras sociedades nacionales de socorro voluntario, que durante un conflicto armado gozan de la protección conferida por los Convenios de Ginebra de 1949.

Quedan exceptuados de la autorización a que se refiere el presente artículo, el Comité Internacional de la Cruz Roja y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, quienes podrán utilizar el emblema a título protector o indicativo u otros emblemas en cualquier tiempo y para todas sus actividades.
```

## Resumen corto

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Regla de LUPDECR sobre concesiones y uso de recursos públicos: Podrán utilizar el emblema de la cruz roja, previa autorización por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, las personas y bienes siguientes, bajo las modalidades...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Podrán utilizar el emblema de la cruz roja, previa autorización por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, las personas y bienes siguientes, bajo las modalidades y requisitos previstos en la presente Ley:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 8 LUPDECR, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 8 ley para el uso y proteccion de la denominacion y del emblema de la cruz roja, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 8 de LUPDECR.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 8 de LUPDECR?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Podrán utilizar el emblema de la cruz roja, previa autorización por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, las personas y bienes siguientes, bajo las modalidades y requisitos previstos en la presente Ley:

### ¿Para qué sirve artículo 8?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lupdecr.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LUPDECR.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LUPDECR.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
