Ley [LVGC]
Articulo 16
Ley De Vías Generales De Comunicación
Artículo 16.- Para el otorgamiento de permisos se seguirán los trámites que señalen los reglamentos o disposiciones administrativas correspondientes.
Ley [LVGC]
Ley De Vías Generales De Comunicación
Artículo 16.- Para el otorgamiento de permisos se seguirán los trámites que señalen los reglamentos o disposiciones administrativas correspondientes.