# Ley De Vías Generales De Comunicación - Artículo 389

Clave: LVGC
Artículo: 389
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Quinto
Artículo 389
.- La persona titular del Ejecutivo Federal, por conducto de la autoridad competente , queda facultado para determinar las tarifas que deben regir en materia de comunicaciones eléctricas de la Red Nacional.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Vías Generales De Comunicación, artículo 389.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
