# Ley De Vías Generales De Comunicación - Artículo 4o

Clave: LVGC
Artículo: 4o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
Artículo 4o
.- Las controversias que se susciten sobre interpretación y cumplimiento de las concesiones, y toda clase de contratos relacionados con las vías generales de comunicación y medios de transporte, se decidirán:
I
- Por los términos mismos de las concesiones y contratos;
II
- Por
esta ley
, sus reglamentos y demás leyes especiales;
III
- A falta de disposiciones de esa legislación, por los preceptos del
Código de Comercio
;
IV
- En defecto de unas y de otros, por los preceptos de los códigos Civil Federal y Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Fracción reformada DOF
,
V
- En su defecto, de acuerdo con las necesidades mismas del servicio público de cuya satisfacción se trata.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Vías Generales De Comunicación, artículo 4o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
