# Ley De Vías Generales De Comunicación - Transitorio 6o

Clave: LVGC
Artículo: transitorio-6o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

TRANSITORIOS
6o.. - Las personas que exploten vías generales de comunicación, en virtud de concesión o permiso otorgado por un Estado o Municipio, deberán solicitar concesión o permiso federal dentro de un plazo que no excederá de seis meses, contados a partir de la fecha de la publicación de esta Ley , acompañando copia autorizada de los documentos que prueben la cesación de los efectos jurídicos de la concesión o permiso local; pero sin que la falta de tales documentos eximan a dichas personas de las obligaciones que esta Ley les impone.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Vías Generales De Comunicación, artículo transitorio-6o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
