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# Ley De Vivienda - Artículo 38

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA NACIONAL DE VIVIENDA
- CAPÍTULO VI - De la Coordinación

```text
ARTÍCULO 38.- Para cumplir con el objeto de esta Ley, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y con la participación que corresponda a las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, celebrará convenios y acuerdos en los términos de esta Ley, los cuales tendrán por objeto:
Párrafo reformado DOF 14-05-2019

I. 	Establecer los mecanismos para garantizar una adecuada distribución de responsabilidades, así como la congruencia y complementariedad entre las políticas, programas y acciones federales de vivienda y suelo, con los de las entidades federativas, municipios y alcaldías;
Fracción reformada DOF 14-05-2019

II. 	Aplicar recursos para la ejecución de las acciones previstas en los programas de vivienda;

III. 	Fomentar una oferta competitiva de suelo;

IV. 	Fomentar y apoyar los procesos de producción social de vivienda, de vivienda rural, de vivienda de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;
Fracción reformada DOF 01-04-2024

V. 	Organizar y promover la producción y distribución de materiales de construcción que satisfagan las normas oficiales mexicanas;

VI. 	Fomentar el desarrollo de sistemas constructivos mejorados y modulados acordes a los patrones culturales y al entorno bioclimático de las regiones;

VII. 	Promover el desarrollo del mercado secundario y de arrendamiento de vivienda;

VIII. 	Brindar asistencia y capacitación a los organismos locales para la programación, instrumentación, ejecución y evaluación de programas de vivienda;

IX. 	Establecer medidas que fortalezcan la capacidad de gestión de los municipios, de las alcaldías; y precisar las responsabilidades de los involucrados para la formulación y ejecución de programas de vivienda y de suelo;
Fracción reformada DOF 14-05-2019

X. 	Promover la homologación normativa y la simplificación de los trámites administrativos que se requieran para la ejecución de acciones de vivienda, reconociendo los distintos tipos y modalidades de producción habitacional;

XI. 	Facilitar mecanismos de información y elaboración de estudios sobre las necesidades, inventario, modalidades y características de la vivienda;
Fracción reformada DOF 24-03-2014

XII. 	Impulsar estrategias incluyentes para incrementar el impacto social de los recursos fiscales, con el objetivo de promover programas de vivienda a partir de la planeación para el desarrollo regional y la ordenación urbana y territorial;
Fracción adicionada DOF 24-03-2014

XIII. 	Promover mecanismos de coordinación y planeación que permitan identificar las prioridades comunes para la región y conjuntar recursos para financiar proyectos que detonen los programas de vivienda y del desarrollo regional, y
Fracción adicionada DOF 24-03-2014

XIV. 	La realización de las demás acciones tendientes a cumplir con los fines previstos en esa Ley.
Fracción recorrida DOF 24-03-2014

En los convenios y acuerdos que señala este artículo, lo referido al suelo tendrá que observar las disposiciones correspondientes que establece la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y demás ordenamientos aplicables.
Párrafo reformado DOF 14-05-2019
```

## Resumen corto

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Regla de LViv sobre derechos de audiencias y contenidos: Para cumplir con el objeto de esta Ley, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y con la participación que corresponda a las demás dependencias y entidades de la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Para cumplir con el objeto de esta Ley, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y con la participación que corresponda a las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, celebrará convenios y acuerdos en los términos de esta...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 38 LViv, derechos de audiencias y contenidos, artículo 38 ley de vivienda, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 38 de LViv.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano (`LGAHOTDU`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 38 de LViv?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Para cumplir con el objeto de esta Ley, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y con la participación que corresponda a las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, celebrará convenios y acuerdos en los términos de esta...

### ¿Para qué sirve artículo 38?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lviv.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LViv.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
