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# Presupuesto De Egresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal 2026 - Artículo 21

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EJERCICIO FISCAL
- CAPÍTULO III - De los servicios personales

```text
Artículo 21. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deben publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2026, el manual que regule las remuneraciones para las personas servidoras públicas a su servicio, incluyendo a diputadas, diputados, senadoras y senadores del Congreso de la Unión; ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistradas, magistrados, juezas y jueces del Poder Judicial e integrantes del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial; las personas titulares de la presidencia y miembros de los órganos de gobierno de los entes autónomos; así como a las demás personas servidoras públicas; en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman.
Adicionalmente, deben publicar en el Diario Oficial de la Federación, en la fecha antes señalada, la estructura ocupacional que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas a que se refiere el párrafo anterior, junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en las disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.
En tanto no se publiquen en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones y la estructura ocupacional a que se refieren los párrafos anteriores de este artículo, no procederá el pago de estímulos, incentivos, reconocimientos o gastos equivalentes a los mismos.
```

## Resumen corto

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Regla de PEF_2026 sobre regla aplicable: Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deben publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deben publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2026, el manual que regule las remuneraciones para las personas servidoras públicas a su...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 21 PEF_2026, regla aplicable, artículo 21 presupuesto de egresos de la federacion para el ejercicio fiscal 2026, Poder Judicial de la Federación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 21 de PEF_2026.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Poder Judicial de la Federación

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 21 de PEF_2026?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deben publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2026, el manual que regule las remuneraciones para las personas servidoras públicas a su...

### ¿Para qué sirve artículo 21?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/pef_2026.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/PEF_2026.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2026.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
