# Presupuesto De Egresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal 2026 - Artículo octavo

Clave: PEF_2026
Artículo: octavo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-10

## Texto vigente

TRANSITORIOS
octavo. . Las Dependencias y Entidades llevarán a cabo las acciones que correspondan para que la entrega de los subsidios y apoyos a la población objetivo se realice de manera directa a través de la Tesorería de la Federación, en forma electrónica mediante transferencia de recursos para su depósito en las cuentas bancarias de los mismos, salvo que se esté en alguno de los supuestos de excepción regulados en la Ley de Tesorería de la Federación , su Reglamento y demás disposiciones aplicables, o bien, que la Secretaría autorice que se efectúe de manera distinta. Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 28, último párrafo, del presente Decreto.

## Notas para agentes

- Citar como: Presupuesto De Egresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal 2026, artículo octavo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
