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regulation_title: "REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación"
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# REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación - Artículo 19o

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO III - De la Operación
- SECCIÓN II - De los Certificados

```text
ARTÍCULO 19o.- La emisión, registro y conservación de los Certificados por parte de los Prestadores de Servicios de Certificación se efectuará en territorio nacional. La Secretaría, a través de las Reglas Generales preverá los mecanismos que garanticen que los Certificados emitidos por los Prestadores de Servicios de Certificación, en ningún caso, contengan elementos que puedan generar confusión en la Parte que Confía.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación, artículo 19o.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra CCom.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
