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# Reglamento De La Cámara De Diputados - Artículo 165

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO QUINTO - De los Organos de Apoyo y su Funcionamiento
- CAPITULO I - De las Comisiones y Comités
- Sección Séptima - Tareas de las Comisiones Ordinarias

```text
Artículo 165.
1. El informe semestral abarcará, del día en que se haya instalado la comisión, al último día de febrero del año siguiente y del primero de marzo al último de agosto, respectivamente, salvo el segundo informe del tercer año de la legislatura, que abarcará del primer día de marzo al último día de mayo del último año de ejercicio de la legislatura.

2. Los periodos de entrega serán, para el primer semestre, el mes de marzo y para el segundo semestre, el mes de septiembre; salvo el segundo informe semestral del tercer año de la legislatura, el cual deberá entregarse durante los primeros diez días de junio del último año de ejercicio de la legislatura.

3. El informe semestral contendrá:

I. 	Datos generales del informe, incluyendo nombre de la comisión, periodo, fundamento legal, Junta Directiva e integrantes;

II. 	Relación de las iniciativas, minutas, observaciones del Titular del Poder Ejecutivo Federal y proposiciones turnados, con información pormenorizada sobre fecha de recepción, autor, turno dictado por el Presidente, actividades desarrolladas para efecto de su dictamen, estado preciso que guarden e información de antecedentes documentales pertinentes;

III. 	Avances en el cumplimiento del programa anual de trabajo;

IV. 	Resumen de las actas de cada Reunión celebrada, con la lista de diputados y diputadas asistentes y ausentes, dictámenes y acuerdos tomados en cada una de ellas, así como el sentido del voto de sus integrantes, en el caso que corresponda;
Fracción reformada DOF 20-04-2011

V. 	(Se deroga)
Fracción derogada DOF 20-04-2011

VI. 	Síntesis de las reuniones con servidores públicos, especificando objeto y conclusiones;
Fracción reformada DOF 20-04-2011

VII. 	Relación de los documentos, opiniones e informes generados en la materia de su competencia;

VIII. 	Subcomisiones o grupos de trabajo integrados, señalando el objeto y avances en el cumplimiento de sus tareas;

IX. 	Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional e internacional, precisando objeto, diputados y diputadas participantes, tareas desarrolladas y objetivos alcanzados;

X. 	Relación de asuntos generales resueltos o atendidos;

XI. 	Relación de documentos diversos y, en su caso, publicaciones generadas;

XII. 	Resumen de otras actividades desarrolladas por la comisión como foros, audiencias, consultas, seminarios y conferencias, y

XIII. 	La información sobre la aplicación y destino final de los recursos económicos asignados por el Comité de Administración.
```

## Resumen corto

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Regla de Reg_Diputados sobre derechos de audiencias y contenidos: 1.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. 1.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 165 Reg_Diputados, derechos de audiencias y contenidos, artículo 165 reglamento de la camara de diputados, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales, Audiencias, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 165 de Reg_Diputados.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Requisito
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Audiencias
- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 165 de Reg_Diputados?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. 1.

### ¿Para qué sirve artículo 165?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/reg_diputados.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/Reg_Diputados.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Diputados.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
