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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México - Artículo 111

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - RÉGIMEN DE LOS ASCENSOS EN TIEMPO DE PAZ
- CAPÍTULO III - Del Orden de Prelación
- SECCIÓN PRIMERA - De los Primeros Maestres a Capitanes de Corbeta

```text
Artículo 111. La calificación del concepto aptitud y competencia profesional se obtendrá de los rubros de hojas de actuación y formación académica.

Los conceptos, rubros y sus valores se establecen en el Manual y se comunicarán al personal convocado.
Artículo reformado DOF 22-09-2010, 02-04-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México, artículo 111.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAAM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
