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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México - Artículo 128

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - ASCENSOS EN TIEMPO DE GUERRA Y POR MÉRITOS ESPECIALES
- CAPÍTULO I - De los Ascensos en Tiempo de Guerra

```text
Artículo 128. El personal de la Armada de México que en operaciones de guerra presencie o tenga conocimiento de algún acto de reconocido valor o de extraordinarios méritos, tiene la obligación de formular el parte respectivo y turnarlo por los conductos regulares.
Artículo reformado DOF 02-04-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México, artículo 128.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAAM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
