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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México - Artículo 18

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - ORGANIZACIÓN
- CAPÍTULO ÚNICO - De la Comisión Coordinadora y las Comisiones Locales

```text
Artículo 18. La Comisión Coordinadora se integrará por:
Párrafo reformado DOF 02-04-2026

I. 	Presidenta o Presidente: La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría;
Fracción reformada DOF 11-03-2016, 02-04-2026

II. 	Vocales: Las personas necesarias, pertenecientes a las Direcciones Generales y a la Jefatura de Operaciones;
Fracción reformada DOF 02-04-2026

III. 	Secretaria o Secretario Técnico: La persona que designe la Presidenta o Presidente, y
Fracción reformada DOF 02-04-2026

IV.	Personal de apoyo: El que la Comisión considere necesario.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México, artículo 18.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAAM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
