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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público"
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article_label: "Artículo 118"
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# REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Artículo 118

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
- CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN PÚBLICA

```text
Artículo 118.- El comunicado del diálogo competitivo será publicado en la Plataforma por la convocante, en días hábiles y por una sola ocasión.
El mismo día en que se publique en la Plataforma el comunicado del diálogo competitivo, la convocante deberá enviar al Diario Oficial de la Federación para su publicación un resumen del mismo, que deberá contener lo siguiente:
I.	El nombre de la convocante, número del procedimiento, así como la indicación de que el mismo se llevará a cabo a través de la Plataforma;
II.	La descripción general del objeto del diálogo competitivo;
III.	La fecha, hora y lugar en que se llevarán a cabo, las fases primera y tercera de la etapa preparatoria y el primer diálogo conjunto o individual, y
IV.	La fecha en la cual se publicó en la Plataforma el comunicado del diálogo competitivo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 118.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAASSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
