---
regulation_key: "Reg_LAASSP"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "156"
article_label: "Artículo 156"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LAASSP"
canonical_path: "/Reg_LAASSP/articulo/156/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Artículo 156

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN
- CAPÍTULO ÚNICO

```text
Artículo 156.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley, la Secretaría y los órganos internos de control, con motivo de los actos de fiscalización que se practiquen, podrán solicitar a los participantes, proveedores y a las personas servidoras públicas información y documentación relacionada con los actos de los procedimientos y los contratos. Para estos efectos, en el contrato respectivo deberá indicarse que las personas adjudicadas deberán proporcionar la información que en su momento se requiera.
Las solicitudes de información y documentación que requiera la Secretaría o los órganos internos de control a las personas servidoras públicas y a los participantes o proveedores deberán formularse mediante oficio, señalando el plazo que se otorga para su entrega, el cual se determinará considerando la naturaleza y la cantidad de fojas de dicha información y documentación, sin que en ningún caso pueda ser inferior a cinco días naturales, computados a partir del día siguiente a aquel en el que se realizó la solicitud.
En el supuesto de que las personas servidoras públicas o participantes o los proveedores consideren que el plazo otorgado es insuficiente, podrán solicitar la ampliación del mismo, señalando las razones que lo justifiquen.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 156.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAASSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
