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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público"
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article_label: "Artículo 194"
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# REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Artículo 194

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
- CAPÍTULO SEGUNDO - DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN

```text
Artículo 194.- El procedimiento de conciliación concluye con:
I.	La celebración del convenio respectivo;
II.	La determinación de cualquiera de las partes de no conciliar, o
III.	El desistimiento de la solicitud de conciliación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 194.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAASSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
