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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público"
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article_label: "Artículo 35"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Artículo 35

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- CAPÍTULO TERCERO - DE LOS ACUERDOS MARCO

```text
Artículo 35.- En el caso de asignación directa de contratos específicos derivados de un acuerdo marco a que se refiere el párrafo tercero del artículo 34 de este Reglamento, las dependencias y entidades podrán elegir de entre los posibles proveedores aquel al que le adjudicarán el contrato, para lo cual deberán solicitar la cotización correspondiente y una vez evaluada si cumple con los requisitos técnicos y económicos solicitados, se adjudicará el contrato específico, lo cual deberá quedar asentado en el acta correspondiente que se publique en la Plataforma.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 35.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAASSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
