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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público"
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article_label: "Artículo 96"
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# REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Artículo 96

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
- CAPÍTULO PRIMERO - DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

```text
Artículo 96.- En los casos en que excepcionalmente se autorice llevar a cabo un procedimiento presencial, en términos de lo establecido en el artículo 81 de la Ley, en la convocatoria que se publique en la Plataforma se deberán señalar los lugares, fechas y horas en que se llevarán a cabo los actos de los procedimientos de contratación.
Las notificaciones y publicación de las actas se realizarán en la Plataforma.
Las solicitudes de aclaraciones serán enviadas al correo electrónico que se establezca en la convocatoria, debiendo adjuntar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación y aquellas que se deriven de las respuestas del acto de junta de aclaraciones, podrán presentarse en dicho acto.
Para el acto de presentación y apertura de proposiciones las propuestas técnica y económica, así como la documentación legal y administrativa deberán ser firmadas autógrafamente y presentarse en sobre cerrado que será abierto por la persona servidora pública responsable del acto al momento de la celebración del mismo.
Las áreas contratantes en el desarrollo de los actos de los procedimientos aplicarán en lo conducente las disposiciones del presente Capítulo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 96.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAASSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
