---
regulation_key: "Reg_LAAT"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "transitorio-segundo"
article_label: "Transitorio SEGUNDO"
article_type: "transitory"
parent_law_key: "LAAT"
canonical_path: "/Reg_LAAT/articulo/transitorio-segundo/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores - Transitorio SEGUNDO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
SEGUNDO.- La disposición contenida en la fracción I del artículo 7 de este Reglamento, respecto a la vigencia de los Vales de Comida, entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales siguientes a la publicación del presente ordenamiento.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a primero de junio de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, artículo transitorio-segundo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAAT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
